Listas definitivas de personas admitidas y no admitidas a las pruebas de obtención de títulos de grado medio y superior

Se publican las listas definitivas de personas admitidas en la convocatoria de pruebas para la obtención directa de los títulos de Técnico y Técnico Superior de Formación Profesional en la comunidad autónoma de Aragón, correspondientes al año 2024 (ORDEN ECD/917/2024, de 1 de agosto).

 

Según el artículo decimotercero de dicha Orden, sobre «Estructura, contenido y evaluación de las pruebas»:

  1. La prueba para cada uno de los módulos profesionales convocados en los que haya personas solicitantes admitidas será elaborada por el profesorado que forme parte de la Comisión de evaluación constituida de acuerdo con lo establecido en el apartado decimoquinto de esta Orden.
  2. Los contenidos de las pruebas irán referidos a los currículos de los Ciclos Formativos de los planes a extinguir derivados de la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, vigentes en la Comunidad Autónoma de Aragón en el curso 2024/2025. Incluirán cuestiones teóricas y ejercicios prácticos que evidencien, a través de los criterios de evaluación correspondientes, que se han alcanzado los distintos resultados de aprendizaje del módulo profesional.
  3. La calificación de los módulos profesionales será numérica, entre uno y diez, sin decimales.
  4. Cada Comisión de evaluación establecerá y publicará el calendario de celebración de las pruebas, las características de las mismas, los útiles e instrumentos que se puedan utilizar en la realización de las pruebas y los criterios de evaluación, así como la fecha de publicación de resultados y el plazo de reclamaciones, antes del 25 de octubre de 2024.
  5. Las calificaciones de las pruebas se publicarán hasta el 22 de noviembre, y se podrán realizar reclamaciones hasta el 27 de noviembre.
  6. La evaluación de las pruebas se realizará tomando como referencia los criterios de evaluación de los respectivos módulos profesionales, publicados por la Comisión de evaluación en las fechas indicadas en el apartado anterior.
  7. Las actas de las sesiones de evaluación quedarán archivadas en las Secretarías de los centros docentes donde se hubieran realizado las pruebas.
  8. Una copia de cada una de las actas de evaluación, en la que no aparecerá la firma ológrafa del/de la Director/a del centro, deberá ser publicada tras la celebración de la sesión de evaluación en los centros docentes donde se hayan realizado las pruebas, en la web del centro.